Con fecha: 11/08/2022, la SSN emitió la Circular 83792444 sobre la Reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados (I.B.N.R.). Allí se indica que los siniestros por fallecimientos por causa del COVID-19 podrán ser computados como Siniestros excepcionales por COVID-19, a partir de los EE.CC. del 30.06.22 inclusive.
Circular SSN 82319186 del 11.08.22
La consideración de siniestros excepcionales es solo para la rama sepelio y subramas vida colectivo y vida saldo deudor.